24-26 MARZO 2026 | IFEMA MADRID

Vamos a por la cuarta parte del coste de una vivienda: los impuestos

Tue 24 Mar | 15:30 - 16:30

Los impuestos son, sin duda, una de las partidas más pesadas al comprar una casa en España, representando a menudo una parte significativa, e incluso llegando a rondar un 25% del precio final en el conjunto de la operación inmobiliaria.

La carga fiscal varía drásticamente si la vivienda es nueva o de segunda mano, y es una cantidad que debes pagar adicionalmente al precio de compra. Aquí viene el desglose de los impuestos en la compra de vivienda:

1. Vivienda de Obra Nueva (Primera Transmisión) Si compras directamente al promotor, se aplican impuestos sobre el valor añadido: IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Es del 10% del precio de venta (salvo en Canarias que se aplica el IGIC). AJD (Actos Jurídicos Documentados): Impuesto autonómico por la firma de la escritura notarial. Suele oscilar entre el 0,5% y el 1,5%, dependiendo de la comunidad autónoma. Total Impuestos (Obra Nueva): Aproximadamente un 11% – 11,5% del valor de la vivienda.

2. Vivienda de Segunda Mano (Transmisiones Posteriores) Si compras a un particular, no pagas IVA, sino el impuesto de transmisiones: ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales): Es un impuesto cedido a las Comunidades Autónomas, por lo que su tipo varía (generalmente entre el 6% y el 10%), aunque muchas comunidades tienen tipos reducidos para jóvenes, familias numerosas o viviendas VPO.

Total Impuestos (Segunda Mano): Generalmente, entre un 6% y un 10% del valor real, dependiendo de la ubicación. Gastos asociados (Notaría, Registro y Gestoría) Además de los impuestos, la compra conlleva gastos obligatorios: Notaría: Varía según el precio y longitud de la escritura (aprox. 0,2% – 0,6%). Registro de la Propiedad: Inscripción de la nueva escritura (aprox. 0,1% – 0,25%). Gestoría (opcional): Unos 350-500 € si necesitas ayuda para la liquidación de impuestos. Y se suele recomendar contar con un extra de efectivo del 10% al 13% sobre el precio de venta para cubrir tanto impuestos como gastos de escrituración y registro. ¿Algo más?